Consejo de Asuntos Económicos

Servicio Pastoral

Arzobispo: Mons. Fernando Chomali G.

Mons. Bernardo Álvarez Tapia

Pbro. César Pedreros Moreno

Sr.   Sergio Bustos Peña  (Secretario del Consejo)

Sra. Carina Flores Ahumada

Sra. Michelle Tobar Ramírez

Sra. Sandra Jerez Sanhueza

Sr.  Jorge Fuentealba Tapia

Sr.  Fernando Monsalve Basaúl

Sr.  Roger Sepúlveda Carrasco

Sr. David Gajardo Soria – Galvarro

 

 

El Consejo y sus responsabilidades

El consejo de asuntos económicos, presidido por el Obispo diocesano o su delegado, es un grupo de fieles designados por él, expertos en materia económica y en derecho civil, y de probada integridad.
Los miembros de este consejo se nombran para un período de cinco años, pero, transcurrido ese tiempo, puede renovarse el nombramiento para otros quinquenios.
Además de las funciones que se le encomiendan en el Libro V De los bienes temporales de la Iglesia, compete al consejo de asuntos económicos, de acuerdo con las indicaciones recibidas del Obispo, hacer cada año el presupuesto de ingresos y gastos para todo el régimen de la diócesis en el año entrante, así como aprobar las cuentas de ingresos y gastos a fin de año.

Consejo de Asuntos Económicos

Horarios

Arzobispo: Mons. Fernando Chomali G.

Mons. Bernardo Álvarez Tapia

Pbro. César Pedreros Moreno

Sr.   Sergio Bustos Peña  (Secretario del Consejo)

Sra. Carina Flores Ahumada

Sra. Michelle Tobar Ramírez

Sra. Sandra Jerez Sanhueza

Sr.  Jorge Fuentealba Tapia

Sr.  Fernando Monsalve Basaúl

Sr.  Roger Sepúlveda Carrasco

Sr. David Gajardo Soria – Galvarro

 

 

El Consejo y sus responsabilidades

El consejo de asuntos económicos, presidido por el Obispo diocesano o su delegado, es un grupo de fieles designados por él, expertos en materia económica y en derecho civil, y de probada integridad.
Los miembros de este consejo se nombran para un período de cinco años, pero, transcurrido ese tiempo, puede renovarse el nombramiento para otros quinquenios.
Además de las funciones que se le encomiendan en el Libro V De los bienes temporales de la Iglesia, compete al consejo de asuntos económicos, de acuerdo con las indicaciones recibidas del Obispo, hacer cada año el presupuesto de ingresos y gastos para todo el régimen de la diócesis en el año entrante, así como aprobar las cuentas de ingresos y gastos a fin de año.
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