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Nombran a más de 30 nuevos Ministros Extraordinarios de la Comunión para la Arquidiócesis de Concepción

Publicado el: 10 Octubre, 2023

Más de 30 nuevos Ministros Extraordinarios de la Comunión fueron instituidos para la Arquidiócesis de Concepción en dos Eucaristías presididas por el Obispo Auxiliar de Concepción y Vicario Episcopal de Arauco, Monseñor Oscar García

La primera de ellas fue la tarde del jueves 5 de octubre en la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de Cañete, donde fueron instituidos 12 nuevos ministros para la Vicaría de Arauco.

Estos ministros prestarán servicio en las parroquias Santa Rosa de Lima de Lebu, San Juan María Vianney de Los Álamos y Nuestra Señora del Carmen de Cañete. 

Mientras que la mañana del domingo 8 de octubre fueron instituidos 22 nuevos ministros en la Catedral de Concepción, quienes prestarán servicio en las parroquias Natividad de María, La Ascensión del Señor, San Francisco de Asís, Del Sagrario y  Santuario María Auxiliadora de Concepción. Y también, en las parroquias San Pablo de Chiguayante, Inmaculada Concepción de Santa Juana, Nuestra Señora del Carmen de Penco, La Asunción y Sagrados Corazones de Talcahuano, y en el Santuario de Schoenstatt de San Pedro de la Paz. 

Al término de la Santa Misa, Monseñor Oscar entregó a los nuevos Ministros Extraordinarios una cruz, como signo que los identificará al momento de entregar la Comunión. Además, recibieron el Porta Viático y el material necesario para llevar a cabo su servicio a los enfermos

 

Ministros Extraordinarios de la Comunión

Los Ministros Ordinarios de la Sagrada Comunión son el obispo, el presbítero y el diácono. Sin embargo, tal como se explica en la Instrucción Redemptionis Sacramentum, “si lo aconsejan razones de verdadera necesidad” el Obispo diocesano puede delegar a un fiel laico como Ministro Extraordinario. Es importante precisar que esta designación en ningún caso puede asemejarse a la sagrada Ordenación.

De acuerdo al número 158 de la Instrucción antes mencionada, “el ministro extraordinario de la sagrada Comunión podrá administrar la Comunión solamente en ausencia del sacerdote o diácono, cuando el sacerdote está impedido por enfermedad, edad avanzada, o por otra verdadera causa, o cuando es tan grande el número de los fieles que se acercan a la Comunión, que la celebración de la Misa se prolongaría demasiado. Pero esto debe entenderse de forma que una breve prolongación sería una causa absolutamente insuficiente, según la cultura y las costumbres propias del lugar”.

 

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