Presentan nueva iniciativa para que la libertad de pensamiento, conciencia y religión queden protegidas en la nueva Constitución

Publicado el: 3 Enero, 2022

A la Iniciativa Popular Nº3.042, que fue enviada a la  Convención Constitucional por la mayoría de las confesiones religiosas presentes en el país, se suma la Iniciativa Popular Nº4.738, que busca asegurar que “tu libertad de pensamiento, conciencia y religión quede bien protegida en la nueva Constitución”.

Esta iniciativa fue presentada por María Covarrubias, en representación de quienes trabajan en la fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre, ya que la entidad ha constatado durante su labor en los últimos 70 años en el mundo “las dramáticas consecuencias de la vulneración a la libertad religiosa, desde las formas más sutiles hasta la más grave, como la persecución por causa de la fe”. 

 La Presidenta de Ayuda a la Iglesia que Sufre (ACN Chile) destacó la importancia de que la iniciativa de las Confesiones Religiosas se complemente con una iniciativa ciudadana.

¿Cómo apoyar estas iniciativas?

Para poder sumarte debes entrar a la Plataforma Digital de Participación Popular de la Convención y buscar las iniciativas: 

  • “Confesiones religiosas quieren contribuir con la CC: Proponen texto sobre la libertad religiosa y de conciencia en Nueva Constitución”   Iniciativa Nº 3.042
  • “Mi propuesta para que tú libertad de pensamiento, conciencia y religión quede bien protegida en la nueva constitución”  Iniciativa Nº 4.738

Luego, para apoyar las iniciativas debes completar el “Registro de participación popular” para lo que es necesario ingresar con la Clave Única o con el número de serie de tu cédula de identidad. Además tienes que completar los datos que solicitan de manera fidedigna. 

Tras ingresar dichos datos podrás pinchar en el banner verde para dar el apoyo a la iniciativa.

Esta es la propuesta de articulado:

La Constitución asegura a todas las personas:

La libertad de pensamiento, conciencia y religión. Toda persona podrá individual y colectivamente, en público y en privado, manifestar, transmitir y vivir conforme a sus creencias religiosas, en cuanto ello no se oponga a la moral, a las buenas costumbres y al orden público. La ley regulará el derecho a la objeción de conciencia, individual e institucional.

El Estado reconoce el ejercicio libre de todos los cultos y el derecho a constituir y pertenecer a iglesias y confesiones religiosas, debiendo asegurar los mecanismos legales para ello. Las iglesias y las confesiones e instituciones religiosas gozarán de autonomía para sus fines espirituales, organizacionales y de promoción.

Las iglesias y confesiones religiosas tendrán respecto a sus instituciones de caridad, asistenciales, hospitalarias y de enseñanza, así como respecto a todos sus bienes, los derechos que le otorgan y reconocen las leyes actualmente en vigor. La ley establecerá las instancias de cooperación entre el Estado y las iglesias y confesiones religiosas, con miras al bien común.

Las iglesias y confesiones religiosas podrán erigir y conservar templos y sus dependencias bajo las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y ordenanzas. Los templos y sus dependencias, destinados exclusivamente al servicio de un culto, estarán exentos de toda clase de impuestos y contribuciones”.

 

© Arzobispado de Concepción